La fecha límite de entrega de PTU a tus colaboradores se aproxima, te comparto algunas consideraciones:
Se reparte a más tardar el 31 de mayo tratándose de patrones personas morales, mientras que las personas físicas su límite es el 30 de junio.
Se consideran también como días laborados para efecto de la PTU las incapacidades por maternidad, riesgos de trabajo, días de descanso y festivos, así como las vacaciones.
Por otra parte, no se consideran faltas injustificadas y las incapacidades por enfermedad general.
El monto a repartir está topado, es decir, serán 3 meses de salario ordinario, o el promedio de PTU recibida en los últimos 3 años, el que resulte mayor.
La PTU que no haya sido reclamada se acumula para el siguiente reparto.
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