Evita multas del IMSS: registra a tiempo la baja del colaborador

Cuando un colaborador termina su relación laboral (por renuncia o despido), el patrón debe informar su baja ante el IMSS para evitar sanciones, pagos indebidos y complicaciones legales, para ello se debe presentar el aviso mediante el IDSE dentro de los siguientes 5 días hábiles siguientes a la terminación de la relación laboral.

Recuerda que cuando se presenta el aviso fuera de plazo, la baja surte efecto al día siguiente de la recepción (sin retroactividad) lo cual puede generar cuotas patronales indebidas.

Te lo describo en el siguiente ejemplo:

  • Si el trabajador renuncia el 24 de octubre y el aviso se presenta el 31 (dentro del plazo), la baja surte efecto desde el 24, pero si el aviso se presenta el 28, la baja surte efecto desde el 29, y el patrón debe pagar cuotas hasta el 28 a pesar que la renuncia fue el 24.

Es recomendable tener la carta de renuncia fechada y firmada por el trabajador, y en el caso de un despido la carta de terminación y/o finiquito firmado, ya que son determinantes en auditorías o juicios laborales.

Si tienes dudas…

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