Emisión de Facturas y Ventas

El plazo límite para emitir la factura de ingresos globales es de 24 horas después del cierre de operaciones, es decir, el día primero del mes siguiente. Esta normativa ha cambiado en años recientes; anteriormente el plazo era de 72 horas. No obstante, algunas empresas continúan utilizando el periodo anterior.

 

La factura dirigida al público general se puede emitir por cada operación o acumularse por venta diaria, semanal, mensual o, en el caso de contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), de manera bimestral. La elección del periodo dependerá de lo que mejor se acomode a la gestión administrativa de cada empresa.

 

Es frecuente que los sistemas de facturación gratuitos presenten inconvenientes. Un ejemplo de ello es la plataforma del Servicio de Administración Tributaria (SAT), que durante picos de alta demanda a veces no genera los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), complicando el proceso de facturación. Por esta razón, se recomienda seleccionar un sistema de emisión de facturas que se ajuste adecuadamente a tus necesidades.
Eliezer Vega – Socio Director en Precissa

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