¿Contratas servicios profesionales? Ojo con las retenciones

Cuando una persona moral contrata a una persona física (como abogados, contadores o arquitectos), no solo debe considerar el pago al proveedor, sino también las retenciones de impuestos que implica la operación.
Por ejemplo, si acuerdas pagar $5,000 (IVA incluido), la empresa debe retener ISR e IVA por tratarse de un servicio profesional. Así se ve el desglose de un CFDI con retención:
Aunque el proveedor reciba sus $5,000, la empresa termina pagando más al sumar las retenciones que debe enterar al SAT. Es decir, el costo total de la operación se paga en dos momentos: el primero, cuando pagas al proveedor; y el segundo, cuando pagas al SAT las retenciones.

Esto también aplica si rentas un inmueble a una persona física, o bien, cuando tienes operación con una persona física del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

Te recomiendo siempre considerar el costo total de la operación, no solo lo que depositas al proveedor.

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